Finiquito por Fin de Contrato 2026

Cuando un contrato temporal llega a su fin, la empresa debe entregarte el finiquito con la liquidación de todos los importes pendientes. Además, tienes derecho a una indemnización de 12 días de salario por año trabajado.

En esta guía te explicamos exactamente qué incluye el finiquito por fin de contrato, cómo se calcula la indemnización y cómo varía según el tipo de contrato temporal.

Calcula tu finiquito por fin de contrato temporal.

Calculadora de Finiquito

Qué incluye el finiquito por fin de contrato

El finiquito por fin de contrato incluye dos bloques de conceptos:

Liquidación de haberes (finiquito propiamente)

  • Salario pendiente: Días trabajados del último mes.
  • Vacaciones no disfrutadas: Días generados desde el inicio del año o del contrato.
  • Pagas extraordinarias: Parte proporcional de cada paga extra (si tienes 14 pagas).
  • Horas extra: Si hay horas pendientes de cobro.

Indemnización por fin de contrato

  • 12 días de salario por año trabajado (contratos firmados desde el 1/1/2015).
  • Se calcula de forma proporcional si la duración es inferior a un año.
  • Contratos de interinidad (sustitución): no se genera esta indemnización.

Indemnización de 12 días por año trabajado

Fórmula de cálculo

Indemnización = (Salario diario × 12 ÷ 365) × Días trabajados

El salario diario incluye la totalidad de los conceptos salariales: salario base + complementos salariales. Las pagas extras se incluyen de forma prorrateada si no están ya prorrateadas.

Duración del contratoIndemnización aprox. (s/ 1.500 €/mes)
3 meses≈ 150 €
6 meses≈ 300 €
1 año≈ 600 €
2 años≈ 1.200 €
3 años≈ 1.800 €

* Ejemplo orientativo con salario bruto de 1.500 €/mes en 14 pagas.

Cómo calcular el finiquito paso a paso

1

Calcula el salario pendiente

Divide tu salario mensual entre 30 y multiplica por los días trabajados del último mes.

2

Calcula las vacaciones

Días de vacaciones proporcionales al periodo trabajado en el año, menos los ya disfrutados.

3

Suma la indemnización

12 días de salario por año, proporcional al tiempo trabajado. Incluye pagas extra prorrateadas.

Finiquito según el tipo de contrato temporal

Contrato de circunstancias de la producción

Finiquito completo + indemnización 12 días/año.

Duración máxima: 6 meses (ampliable a 1 año por convenio).

Contrato de sustitución (ex-interinidad)

Finiquito sí, pero sin indemnización.

Finaliza al reincorporarse el trabajador sustituido.

Contrato fijo-discontinuo

Es indefinido. El fin de la campaña no genera finiquito ni indemnización.

Solo se pagan las vacaciones no disfrutadas del periodo.

Contrato en prácticas / formación

Finiquito completo + indemnización 12 días/año.

Se calcula sobre el salario pactado (no puede ser inferior al SMI proporcional).

Ejemplos prácticos

3 meses

Contrato temporal de 3 meses

  • Salario: 1.400 €/mes (14 pagas)
  • Inicio: 1 enero / Fin: 31 marzo

Salario marzo: 1.400 €

Vacaciones (5,5 días): 257 €

Pagas extra: 700 €

Indem. 12 días/año: 138 €

Total bruto: ≈2.495 €

6 meses

Contrato de obra de 6 meses

  • Salario: 1.800 €/mes (14 pagas)
  • Inicio: 1 enero / Fin: 30 junio

Salario junio: 1.800 €

Vacaciones (11 días): 660 €

Pagas extra: 1.800 €

Indem. 12 días/año: 354 €

Total bruto: ≈4.614 €

1 año

Contrato temporal de 1 año

  • Salario: 2.000 €/mes (12 pagas, extra prorrateada)
  • Inicio: 1 enero / Fin: 31 diciembre

Salario diciembre: 2.000 €

Vacaciones (0 días pend.): 0 €

Pagas extra: 0 € (prorrateadas)

Indem. 12 días/año: 789 €

Total bruto: ≈2.789 €

Calcula tu finiquito por fin de contrato

Introduce tus datos y obtén un desglose exacto: liquidación + indemnización de 12 días por año.

Calculadora de Finiquito →

Preguntas frecuentes sobre el finiquito por fin de contrato

Sí, siempre. La empresa debe liquidar el salario pendiente, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra. Además, tienes derecho a una indemnización por fin de contrato de 12 días de salario por año trabajado.

Recursos relacionados

Aviso importante: Esta calculadora proporciona una estimación orientativa basada en la normativa vigente. Los resultados no constituyen asesoramiento legal, fiscal o laboral y no sustituyen la consulta con un profesional cualificado. Para situaciones específicas, recomendamos consultar con un abogado laboralista o asesor fiscal.

Actualizado a: